PRINCIPIOS ÉTICOS FUNDACIONALES



1. FUNCIONARIO PÚBLICO:
A los fines de estos principios se considerará como tal al representante electo haciendo hincapié en que esto implica, sin lugar a dudas, SERVIDOR DEL PUEBLO.

2. BIEN COMÚN:
El fin de la función pública es el bien común, por disposición de la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales ratificados por la Nación y las normas destinadas a su regulación. El funcionario público que llegara por nuestra fuerza tiene el deber primario de lealtad a los principios fundacionales de “Todos por Morón”, a las/os vecinas/os de Morón y a la Nación.

3. COMPROMISO:
El ingreso en la función pública implica tomar conocimiento de estos principios y asumir el compromiso de su cumplimiento.

4. PROBIDAD:
Nuestro representante debe actuar con rectitud y honradez procurando satisfacer el interés de las/os vecinas/os, desechando todo provecho o ventaja personal, obtenido por sí o por interpósita persona, desarrollando sus funciones con respeto y austeridad en relación al uso de prerrogativas inherentes a su cargo. También está obligado a exteriorizar una conducta personal honesta, evitando cualquier tipo de ostentación.

5. IDONEIDAD:
Debe actuar con pleno conocimiento de los temas sometidos a su consideración, con el adecuado soporte de colaboradores designados por “Todos por Morón”. Los colaboradores deben cumplir los mismos requisitos.

6. RESPONSABILIDAD:
El funcionario público debe hacer el mayor esfuerzo posible para cumplir con sus deberes. El mandato popular es su inexcusable responsabilidad. La dedicación debe ser intensa, ya que al percibir un salario del municipio, debe entregar una contraprestación que sea superior al promedio.

7. HONOR:
La mayor retribución de nuestro funcionario es el honor de estar cumpliendo su misión por la expresión democrática del pueblo. Su buen nombre es condición ineludible para su desempeño.

8. APTITUD:
La elección de un candidato debe verificar el cumplimiento de los recaudos destinados a comprobar su idoneidad, promoviendo y postulando a los más capaces. Debe haber un compromiso concreto del representante, respecto de su formación y capacitación.

9. EVALUACIÓN:
El funcionario público debe evaluar los antecedentes, motivos y consecuencias de los actos cuya generación o ejecución tuviera a su cargo.
Asimismo, “Todos por Morón” promoverá evaluaciones periódicas y abiertas a todo el pueblo, reservándose el derecho de revocatoria de mandato, en caso de incumplimientos graves. Comprometiéndose (al no existir revocatoria de mandato) el candidato a presentar su renuncia, en caso de que “Todos por Morón” se lo solicite como expresión de una fuerte demanda social.

10. VERACIDAD:
El funcionario debe ser veraz y claro en sus manifestaciones no dejando lugar a duda de que todo lo informado a las/os vecinas/os se corresponde con lo acontecido. La misma obligación tienen todos sus colaboradores.

11. TRANSPARENCIA:
Debe ajustar su conducta al derecho que tiene la ciudadanía a estar informada sobre su accionar.

12. DISCIPLINA:
Debe disciplina democrática a “Todos por Morón” cuándo hubiere mandato explícito de sus cuerpos orgánicos.

13. OBLIGACIÓN DE DENUNCIAR:
El funcionario público debe denunciar los actos, de los que tuviere conocimiento, que causaren perjuicio al Estado o a la sociedad, o que constituyan delito.

14. TOLERANCIA:
Debe observar, frente a las críticas de las/os vecinas/os y la prensa, un alto grado de tolerancia. Cuando se entiendan hechas de buena fe deben enriquecer el accionar y producir las correcciones necesarias.

15. NEPOTISMO Y FAVORITISMO:
El funcionario público no debe designar parientes o amigos para que presten servicios en el espacio a su cargo. Tampoco debe ejercer influencia o presión para que esto ocurra en otra área. ”Todos por Morón” debe respetar las condiciones que debe reunir el empleado a designar, adecuando el criterio de selección a la trayectoria, capacidad y conocimientos que debe poseer quien deba cumplir una función específica.

16. PATRIMONIO:
Deberá realizar una Declaración Jurada de Bienes, personales y familiares, al ingresar al Estado Municipal y al egresar de el. Lo que permitirá hacer una evaluación patrimonial de su paso por la función pública.

17. REELECCION:
El representante electo para un cargo tiene derecho a una sola reelección. No pudiendo argüir situación particular alguna para violar este principio.

18. ARMONIA:
El funcionario debe regir su acción por la búsqueda incesante y amplia de una armonía que debe expresarse en el conjunto de sus relaciones personales. La justicia social, la igualdad, una ciudad y una sociedad mejor están en consonancia con este principio.

19. MEDIO AMBIENTE:
La defensa del medio ambiente es un deber inexcusable. La lucha contra su deterioro, su preservación y mejoramiento, excluyen consideraciones de excepcionalidad.

20. DISCRIMINACIÓN:
El funcionario velará por el fiel cumplimiento de la legislación y la normativa vigente, tanto en la esfera de su acción laboral como en el conjunto social.

21. LIBERTAD:
Cada integrante de “Todos por Morón” actuará con independencia, conforme lo dicte su conciencia. En un contexto de total libertad, su creatividad resultará un plus en beneficio para todos.
Solo en aquellos temas de gran interés colectivo y social su acción deberá regirse por el principio de “disciplina democrática”.

En síntesis todo debe corresponderse con lo que somos: una organización de mujeres y hombres libres, asociados con el fin de servir mejor a nuestra comunidad.

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